Bienvenido a Sector Ejecutivo, revista de Economía y Empresas / España, Nº 298 Mayo de 2024

Aleix Triana Iglesias, CEO de Industrias Plásticas Triana

María Paz Sastre

Hablamos ahora del plástico porque este año ha entrado en vigor la Ley 7/2022 de Residuos y Suelos contaminados para una Economía Circular. Una ley que conlleva un nuevo impuesto: el impuesto al plástico.
Para conocer los detalles de esta ley y cómo se aplica a las empresas hablamos hoy con Aleix Triana Iglesias, CEO de Industrias Plásticas Triana, empresa dedicada precisamente a la fabricación de productos sanitarios y envases de plástico para diferentes sectores.

¿En qué consiste el impuesto sobre el plástico?
En realidad, no se trata de un impuesto al plástico, sino que es un impuesto a los envases de plástico de un solo uso no reciclado. Por lo tanto, lo que en teoría persigue esta ley es reducir el uso de materiales vírgenes o de primer uso en la fabricación de envases de usar y tirar.

¿Cuáles son las principales características de esta ley?
La principal característica de esta ley consiste en que se introduce una tasa a razón de 450€ por tonelada de plástico virgen que se use en la fabricación de envases de un solo uso.

¿Quién está obligado a pagarlo?
La obligación de pagar dicho impuesto recae en el fabricante del envase o en el importador intracomunitario cuando los productos son adquiridos dentro de la Comunidad Europea. En caso de que sean adquiridos fuera de la CE deberá ser el exportador/fabricante.
Uno de los problemas que tiene esta ley es la de exenciones posibles al pago del impuesto. Por ejemplo, los envases para medicamentos y para uso sanitario. El fabricante tiene que conocer el uso final del envase que aplicará su cliente para poder aplicar dichas exenciones en la factura. Esto puede dar lugar a ciertos problemas, porque un mismo envase fabricado para un mismo cliente en ciertas ocasiones será para un medicamento o un producto sanitario y en otras ocasiones no.

¿Existe algún tipo de envase de plástico que escape de esta ley?
Existen 4 supuestos bajo los cuáles no hay que pagar el impuesto: Producto sanitario; exportación en general; material reciclado y envases reutilizables.
Los envases que hayan sido diseñados para ser reutilizados están exentos del impuesto y en los envases que se fabriquen con un porcentaje de material reciclado estará exenta del impuesto la parte correspondiente a dicho material reciclado.

¿Qué tipo de empresas se ven afectadas?
Empresas transformadoras de plástico fabricantes de envases, así como las empresas que sean importadoras de envases.
La obligación de declarar, así como informar y llevar a cabo la implementación de esta ley, recae sobre una tipología de empresas que en muchos casos son pymes. Es una ley muy compleja, con muchos supuestos de aplicación y de exención y que tiene muchas obligaciones de información. Además, desde que se aprobó la ley en julio de 2022 hasta que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2023, no se ha aprobado ningún Reglamento que clarifique mínimamente los distintos supuestos y tipos de documentos y certificaciones necesarias y que ponga un poco de luz a las diferentes situaciones que permitan guiar a todas estas pymes que tienen que aplicarlo.

¿Es fácil adaptar las empresas afectadas a la aplicación de la nueva ley?
Nosotros somos una empresa de unos 60 trabajadores, dos gerentes más cinco personas en administración. Analizar y aplicar una ley altamente compleja hubiera sido una tarea prácticamente imposible si no hubiéramos contado con la ayuda de tres consultores de una empresa especializada contratados expresamente para desarrollar toda la aplicación de la ley a nuestra empresa. Todo esto nos ha costado muchas horas, así como un coste económico importante que consideramos bien invertido, porque sin ellos se hubiera dificultado sobre manera el cumplimiento de las fechas establecidas y la preparación de las necesidades de información requeridas.

¿Cuáles son las principales áreas de la compañía en las que se han tenido que actualizar políticas y procedimientos a consecuencia de la aplicación de la nueva ley?
Para adaptarnos a la ley, hemos tenido que actuar en muchos frentes. El primero y más urgente, ha sido la adaptación de nuestros documentos comerciales para cumplir con toda la información que debían contener en referencia al impuesto que incluye, entre otras cosas, si el producto que estamos vendiendo está sujeto a la ley, la cantidad en caso de estar sujeto, el peso del producto, qué tasa tenemos que pagar por producto y, finalmente, el total del impuesto en la factura.